Pacto Fiscal para el Cambio |
El Gobierno de la República de Guatemala se encuentra trabajando en lo que ha denominado “Pacto Fiscal para el Cambio”. Este programa contempla las áreas de: 1. Transparencia y calidad del gasto 2. Crecimiento económico 3. Combate al contrabando y la evasión tributaria 4. Actualización tributaria, y 5. Asignación prioritaria de recursos Como parte del trabajo para el combate al contrabando y la evasión tributaria, el Congreso de la República aprobó el 26 de enero de 2012 el Decreto No. 4-2012 “Disposiciones para el Fortalecimiento del Sistema Tributario y el Combate a la Defraudación y al Contrabando” El dictamen de la iniciativa de ley que hoy se convierte en Decreto, establece que “La presente iniciativa busca adecuar las normas tributarias con la finalidad que las mismas permitan a la Administración Tributaria ser más eficientes en el control y fiscalización que la ley le impone, en especial en la eliminación del contrabando y la defraudación aduanera que ponen en grave riesgo la economía y la estabilidad del país, y que tienen como consecuencia la pérdida de empleos, la reducción de las inversiones y la pérdida de competitividad del país. Como parte de la modernización del sistema fiscal de Guatemala, se propone una iniciativa de ley que establece “Disposiciones para el Fortalecimiento del Sistema Tributario y el Combate a la Defraudación y al Contrabando” en las cuales se pretende hacer reformas a la Ley del Impuesto Sobre la Renta, Decreto número 26-92 del Congreso de la República, a la Ley del Impuesto al Valor Agregado, Decreto número 27-92 del Congreso de la República; a las Disposiciones Legales para el Fortalecimiento de la Administración Tributaria, Decreto número 20-2006 del Congreso de la República, a la Ley del Impuesto Sobre Circulación de Vehículos Terrestres, Marítimos y Aéreos, Decreto número 70-94 del Congreso de la República, al Código Tributario, Decreto número 6-91 del Congreso de la República; a la Ley del Impuesto de Timbres Fiscales y de Papel Sellado Especial para Protocolos, Decreto 37-92 del Congreso de la República; a la Ley de Tabacos y sus Productos, Decreto 61-77 del Congreso de la República; y al Código Penal y sus Reformas, Decreto 17-73. El Decreto No. 4-2012 entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial. Las nuevas obligaciones tributarias y el efecto en los contribuyentes de la Ley Antievasión II, será presentado en nuestra próxima Conferencia.
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