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Pacto Fiscal para el Cambio

 

El Gobierno de la República de Guatemala se encuentra trabajando en lo que ha denominado “Pacto Fiscal para el Cambio”.   Este programa contempla las áreas de:

1. Transparencia y calidad del gasto

2. Crecimiento económico

3. Combate al contrabando y la evasión tributaria

4. Actualización tributaria, y

5. Asignación prioritaria de recursos

Como parte del trabajo para el combate al contrabando y la evasión tributaria, el Congreso de la República aprobó  el 26 de enero de 2012 el Decreto No. 4-2012 “Disposiciones para el Fortalecimiento del Sistema Tributario y el Combate a la Defraudación y al Contrabando”

El dictamen de la iniciativa de ley que hoy se convierte en Decreto,  establece que “La presente  iniciativa   busca adecuar las normas tributarias con la finalidad que las mismas permitan a la Administración Tributaria ser más eficientes en el control  y fiscalización que la ley le impone, en especial en la eliminación del contrabando y la defraudación aduanera que ponen en grave riesgo la economía y la estabilidad del país, y que tienen como consecuencia la pérdida de empleos, la reducción de las inversiones y la pérdida de competitividad del país.

Como parte de la modernización del sistema fiscal de Guatemala, se propone una iniciativa de ley que establece “Disposiciones para el Fortalecimiento del Sistema Tributario y el Combate a la Defraudación y al Contrabando” en las cuales se pretende hacer reformas a la Ley del Impuesto Sobre la Renta, Decreto número 26-92 del Congreso de la República, a la Ley del Impuesto al Valor Agregado, Decreto número 27-92 del Congreso de la República; a las Disposiciones Legales para el Fortalecimiento de la Administración Tributaria, Decreto número 20-2006 del Congreso de la República, a la Ley del Impuesto Sobre Circulación de Vehículos Terrestres, Marítimos y Aéreos, Decreto número 70-94 del Congreso de la República, al Código Tributario, Decreto número 6-91 del Congreso de la República; a la Ley del Impuesto de Timbres Fiscales y de Papel Sellado Especial para Protocolos, Decreto 37-92 del Congreso de la República; a la Ley de Tabacos y sus Productos, Decreto  61-77 del Congreso de la República; y al Código Penal y sus Reformas, Decreto 17-73.

El Decreto No. 4-2012 entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.

Las nuevas obligaciones tributarias y el efecto en los contribuyentes de la Ley Antievasión II, será presentado en nuestra próxima Conferencia.

                          

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