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Publicación Ley Antievasión II

En el Diario Oficial del 17 de febrero de 2012 fue publicado el Decreto No. 4-2012 “Disposiciones para el Fortalecimiento del Sistema Tributario y el Combate a la Defraudación y al Contrabando”, llamado Ley Antievasión II, el cual tendrá vigencia a partir del 25 de febrero de 2012.

El Decreto contiene reformas a las leyes tributarias del Impuesto sobre la Renta-ISR, Impuesto al Valor Agregado, Ley Antievasión I, Impuesto de Circulación de Vehículos Terrestres Marítimos y Aéreos, Código Tributario, Impuesto de Timbres Fiscales, Tabacos y sus Productos y el Código Penal.

Es importante revisar cuales son las nuevas obligaciones fiscales que cada contribuyente adquiere con la vigencia de este Decreto, con el objeto de evitar contingencias fiscales.  Por ejemplo a partir del 25 de febrero de 2012, los contribuyentes obligados a elaborar Facturas Especiales, deben retener el 6% en concepto de ISR cuando paguen servicios, 5% cuando compren bienes.  Los Contribuyentes del ISR que tributan con el Régimen Optativo deben observar nuevas normas que establecen gastos no deducibles, siendo lo más novedoso la limitación de la deducibilidad de los intereses que se enfoca a la capacidad de pago del contribuyente.

En el Impuesto al Valor Agregado-IVA se establecen nuevas normas para las compras realizadas por exportadores de productos agropecuarios, artesanales, y productos reciclados.  A los proveedores de estos productos en la venta  a exportadores, se les concede la opción de aceptar que la venta se documente con factura especial o en su defecto deben inscribirse como “Proveedor  Autorizado y Registrado”.

Los montos de las multas por infracciones aumentaron.  Nuevamente están afectos al pago de Impuesto de Timbres Fiscales, el pago de dividendos documentados con cupones.

Estas y otras reformas, serán expuestas en nuestra conferencia el uno de marzo de 2012. 

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